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Un nuevo “Norte” para la protección de los datos personales en Chile…

Tuesday, August 17th, 2010

Un par de noticias en la prensa han dado cuenta,  como una novedad inédita en la política chilena, de la elaboración de un anteproyecto de ley para proteger los datos personales o nominativos, privados y sensibles de las personas naturales y jurídicas.  Lo han hecho en forma transversal los cinco miembros  -”del oficialismo y de la oposición…” dice la nota de prensa-  de la Comisión de Economía del Senado de la República.

Los he visto trabajar.  Primero, en el debate de algunos proyectos de ley relacionados sólo con los datos personales y patrimoniales negativos -léase sobre insolvencia, mora y protestos- regulados por el Título III de la ley 19.628.

En segundo lugar y durante tres meses de jornadas, en el análisis y estudio de casos reales de abusos, del contenido de normas extranjeras (Francia, España y Argentina especialmente) y del articulado específico de las leyes vigentes en Chile a esta fecha, todo en pos de la formulación de una Política Pública y de un nuevo marco general normativo para la protección de todo tipo de datos personales en su conjunto, que        -apartándose radicalmente de los modelos extranjeros- se estableció  en 1999 al promulgarse la ley 19.628.  Ella fue insuficiente, por sus deficiencias de forma y de fondo, por sus sombras predominantes más que por sus pocas luces,  y porque esencialmente posibilitó legalizar el negocio de las empresas con mínimas restricciones “para no ser burocráticos” o “para no encarecer los costos del negocio”, como consignan expresamente las Actas.

Pocas veces uno puede sentirse orgulloso de la calidad analítica y de la capacidad de trabajo y empoderamiento de sus parlamentarios.  Es el caso.  La Comisión de Economía del Senado entendió que, junto a la necesaria regulación de un mercado desregulado que permite el tráfico anónimo de listas, bases y bancos de datos personales con fines de lucro, era esencial entender la perspectiva de proteger una garantía fundamental como la privacidad, en Chile vulnerada cotidiánamente.

Como profesor de la Escuela de Derecho de la PUCV inicialmente y como asesor de la Comisión de Economía posteriormente, colaboramos para (i) sistematizar cuáles deberían ser los contenidos al proponer un anteproyecto acerca de la regulación de todo el “Sistema Chileno de Tratamiento de datos Personales” y sus subsistemas específicos; (ii) hacer un levantamiento o catastro de las principales normas vigentes y propuestas como Mociones parlamentarias o Mensajes del Ejecutivo; y (iii) redactar un concreto anteproyecto de  ley global que, con el Norte de establecer una Política Pública clara y centrada en la tutela de la privacidad de los chilenos y en el fortalecimiento de sus derechos como titulares y propietarios de los datos  -…que es la gran novedad ante la vigente y “lírica” ley 19.628-, la Comisión de Economía propondría en forma transversal.

A la espera de la presentación del proyecto definitivo, resulta interesante anticipar algunos de sus principios fundamentales. Los cuatro principios asumidos como esenciales por los Senadores -que en parte menciona la nota de prensa- para la nueva Política Pública de Chile han sido:

(i) Buscar proteger la garantía del artículo 19 N°4 de la Constitución, ante el procesamiento computacional de datos personales ;

(ii) Legislar desde la perspectiva del titular y propietario de datos personales, para dotarlo de mecanismos jurídicos idóneos y eficaces que le permitan ejercer el “habeas data” del artículo 12 de la ley 19.628, autodeterminando, autorizando (casi sin excepciones) y controlando el procesamiento de sus antecedentes;

(iii) Subsanar los problemas derivados de la falta de un registro público de responsables de bases de datos y de un órgano fiscalizador y de control autónomo y descentralizado funcionalmente; y,

(iv) Establecer nuevos estándares legales que modifiquen las condiciones, cargas, obligaciones y responsabilidades de los operadores, agentes o responsables de bases y bancos de datos nominativos, tanto del sector público pero muy especialmente del sector privado, que es donde se presenta con mayor gravedad el conflicto y en forma reiterada los casos de abusos.

Notable trabajo.  De verdad notable. Mientras algunos creen, con pobrísimos argumentos y afanados por lograr posicionamientos políticos en un nicho donde nada tienen que aportar,  que lo esencial es sólo debatir sobre la orgánica o la institucionalidad que velará por la aplicación de esta nueva normativa, los senadores además han trabajado rigurósamente para proponer regular y evitar abusos en el mundo del comercio electrónico, del marketing directo, de la fidelización de clientes, del tráfico de bases de datos, de la publicación de datos sobre insolvencia patrimonial al amparo de la llamada “Ley Dicom” y de la violación de privacidad en redes sociales.

Así me gusta Chile….

rjl

Nuevas críticas a la ley 19.628…

Saturday, June 6th, 2009

Ahora, a propósito de una nueva empresa que presta servicios de elaborar perfiles on line… La legalidad formal permite procesar información nominativa, porque en 1999 se decidió que en Chile la regla general eran las fuentes públicas de información…

La noticia en http://www.mer.cl/modulos/catalogo/Paginas/2009/06/02/MERSTCT011AA0206.htm

Ella dice:

“Nombre, nacimiento, actividad, sexo, nacionalidad, estado civil, RUT, avalúo de bienes raíces y puntaje de comportamiento comercial. Toda esta información está a un par de clics para cualquier usuario que tenga una tarjeta de crédito bancaria y ocupe el nuevo buscador de personas, trywho.com, que acaba de debutar en Chile.

Hay 5 mil usuarios registrados y se han hecho cerca de 2.500 consultas de información pagada. Y, dependiendo del tipo de información que se busque, se puede gastar desde $1.990 hasta cerca de $10 mil, para obtener el perfil de una persona.

¿Cómo consiguen acceder a toda esta información personal? “El sitio no tiene bases de datos; hace consultas a proveedores de información, entre ellos Infomax (que entrega los datos de Dicom, Servel, SII, Registro Civil), además de Publiguías y Mapcity”, explica la gerenta de Trywho, Soledad Sotomayor.

Esta empresa funciona bajo la ley 19.628 de “Protección de datos de carácter personal”, que permite acceder a información de fuente pública. Es decir, no hay nada ilegal en el funcionamiento de Trywho. Pero su entrada en funciones reabre el debate sobre lo vulnerable que parece la información privada de las personas en Chile.

“Llevamos diez años desde que se dictó una seudo ley de protección, que es un instrumento jurídico poco idóneo. Lo que se hizo en Chile fue legalizar el negocio de las empresas que tienen bases de datos y no proteger los datos personales”, dice el abogado Renato Jijena, académico de la U.C. de Valparaíso.

Jijena participó, entre otras personas de distintas reparticiones públicas, en la redacción de un proyecto que quiere modificar esa ley. Uno de los cambios básicos es reconocer la naturaleza de la privacidad de estos datos como un derecho constitucional que requiere del consentimiento de las personas para que sean usados en condiciones claramente establecidas. Hoy la ley permite que la información pública sea usada libremente, sin requerir este consentimiento. Lo que deriva en el usufructo de esos datos por terceros.

“Cualquier persona puede comercializar bases de datos de manera anónima. Con los cambios propuestos, quien tenga esta información deberá estar identificado y registrado y decir por qué y para qué tiene esa información”, explica Jijena.

Cuando un mal uso de la información requiere una sanción, la actual ley no contempla un procedimiento expedito; hay que pasar por los tribunales de justicia. Por eso uno de los aspectos clave de la nueva ley es que genera un organismo rector o superintendencia a cargo del manejo de datos personales. Este organismo fiscalizará el cumplimiento de la ley y sancionará a los infractores con multas”.

rjl

¿Se produjo la filtración de bases de datos personales de seis millones de chilenos?

Sunday, May 11th, 2008

Esta fue la notiica: “Datos personales de seis millones de chilenos quedaron públicamente disponibles en internet durante la madrugada y mañana de ayer, luego que fueran sustraídos desde los servidores de diferentes entidades públicas y privadas para ser publicitados por la red…”. ¿Habrá sido cierto?.

Por ahora, transcribo los primeros antecedentes…

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Internet no siempre es culpable de violar la privacidad…

Sunday, January 27th, 2008

Un gran error de los abogados que opinan del mundo tecnológico (a estas alturas casi inexcusable) es el no entender ni estudiar la tecnología. Concretamente, si por ejemplo no se sabe que los programas “buscadores” de contenidos en Internet operan técnicamente y no discerniendo moral o telelógicamente, se ha sugerido que dichos programas (yahoo, google, lycos, altavista, etcétera) deben olvidar algunos de los contenidos a los que antes permitieron acceder para proteger la privacidad de las personas. 

La responsabilidad –moral, social y jurídica- siempre será de los que proveen o hostean contenidos. Esos se llaman ISP o Proveedores de Servicios de Internet.  

En una columna de El Mercurio del domingo en Chile –que se copia a continuación- un profesor de apellido Anguita ha propuesto, al alero de frases holocáusticas  como que “nuestras vidas podrían convertirse en la peor pesadilla de la razón tecnológica”, que para que no circule en Internet  información sobre un profesor ironizado por sus alumnos en España porque fue sancionado por orinar en la vía pública, el buscador google debe ser responsable y velar por impedir el acceso en Internet u olvidar ese contenido –bastante poco injuriante la verdad y violatorio de la intimidad; casi todos los hombres debiéramos ser multados, ¿o no?…-.   Basta hostear o almacenar ese contenido en un servidor ubicado en otro país, para que el sistema de búsqueda lo vuelva a visualizar, y nada podría impugnarle a la empresa tecnológica un tribunal español y en España por el supuesto menoscabo al profesor. Lo clave es no “satanizar” a Internet, porque estas columnas generalistas y carentes de fundamento, no logran defender derechos fundamentales sino que sólo desinforman a la sociedad de la información del Siglo XXI y se traducen luego, como fue en Francia, en prácticas censuradoras como la de obligar al buscador Yahoo a no permitir el acceso a contenidos nacionalsocialistas. 

27/01/2008 * http://blogs.elmercurio.com/columnasycartas/2008/01/27/google-debe-tener-capacidad-de.asp “Ha sido tan grande el impacto de Google en nuestras vidas que desde hace tiempo su nombre ha devenido en un verbo. Googlear significa introducir un nombre en el más utilizado buscador mundial para buscar determinados contenidos en Internet. Cada vez que no disponemos de mucho tiempo o imaginación y deseamos encontrar algún dato, antes de pensar en el Web corporativo de una empresa, organización o entidad estatal, utilizamos Google. A veces introducimos nuestro propio nombre, -las llamadas búsquedas vanidosas- para enterarnos que de nuevo existe en el mundo virtual sobre nosotros. Tampoco son escasas las ocasiones que queremos saber antecedentes de una persona con la pensamos salir, contratar o simplemente fisgonearla sutilmente. La idea original de Google comenzó como una tesis doctoral elaborada por los fundadores de la compañía, – Larry Page y Sergey Brin que tuvo el propósito de constituir un motor de búsqueda basado en un algoritmo que ordenase las páginas Web en función de la cantidad de visitas que reciben. Que más democrático en el campo de la información que el orden de los resultados de nuestras búsquedas de millones de navegadores del mundo sean según sus preferencias individuales. Ha sido tan explosivo el crecimiento de Google que ya ha extendido a cuentas de correos electrónicos, el popular Gmail, y a servicios como Google Académico, Google Phone, Google Talk, Google Earth, Maps, y buscadores específicos de imágenes de libros entre otros. Le puede haber ocurrido también que Google haya corregido lo que usted busca y le habrá aparecido en los resultados de búsqueda la expresión “Quizás quiso decir” sugiriéndole la palabra que efectivamente quería poner. Como suele suceder, esta ilimitada capacidad de almacenamiento de Google se ha ido convirtiendo paulatinamente en una amenaza para la privacidad de los ciudadanos de todo el mundo, dado que al igual que el personaje imaginado por Borges, Funes el Memorioso, Google no olvida y nos recuerda a nosotros mismos y a todo el que quiera saber algo de nuestras vidas todo lo que alguna vez apareció en un medio de comunicación, en un portal de cualquiera institución pública o privada, Facebook o Blogs alojado en Internet. Es difícil imaginarnos una vida sin Google pero como adelanto tecnológico surgen ciertas amenazas a nuestros derechos fundamentales. Por dicho motivo muchos expertos en nuevas tecnologías han advertido el creciente poder que ha acumulado Google sobre las redes y sobre los datos personales de los usuarios. Estos problemas han originado crecientes denuncias a los órganos nacionales de protección de datos en Europa, como un caso recientemente resuelto por la Agencia de Protección de Datos de España.

Una persona que desempeñaba el cargo de subdirector de un colegio fue multado por orinar en la vía pública. Como la sanción no pudo notificarse en su domicilio se realizó en el Diario Oficial de la provincia la que quedó consignada tanto en soporte papel como electrónico. De este modo cada vez que los alumnos de dicho colegio querían reírse del profesor, los rastreadores implacables de Google encontraban la noticia para el deleite de los jóvenes. Sin duda fue reprochable lo que realizó el profesor, pero condenarlo para toda la eternidad por su falta, es sin duda es exagerado. El afectado había expuesto previamente el caso ante el representante de Google en España, el que le explicó que aunque eliminaran de sus registros la parte que consideraba agraviante, sus eficientes buscadores no tardarían en volver a encontrarla y reinstalarla, de modo que Google solo podría olvidarse de su falta si esta se eliminaba del Diario Oficial de

la Provincia, respuesta que no satisfizo a

la Agencia que resolvió a favor del profesor.
 El enorme supermercado de información que hoy día circula por Internet y que llega a nosotros gracias al deseo fundacional de Google de organizarla y ponerla a disposición de todo el mundo plantea una vez más el desafió tantas veces planteado en la historia de nuestra civilización de ¿Cómo compatibilizar el progreso con el respeto a los derechos fundamentales de los ciudadanos? Google el buscador de memoria prodigiosa debe tener capacidad de olvido, sin ella nuestras vidas podrían convertirse en la peor pesadilla de la razón tecnológica”.