Bases de datos personales y patrimoniales negativos…

      Una nueva sensibilidad se nota, en programas de televisión y en reportajes de prensa, de cara al procesamiento o tratamiento computacional de bases de datos personales o nominativos. Un tema antiguo, que en países como Alemania en 1983 llevó a detener un censo o que en Francia se legisló en 1978. Debiera preocupar, la falta de un debate de fondo y la poca rigurosidad de los reportajes de denuncia, sobre todo por los perjuicios concretos que día a día sufren los chilenos.

Se critica una ley, y se olvida revisar las Actas del debate parlamentario para entender quién y porqué patrocinó artículos incoherentes, como el suprimir la obligación de que una vez al año todo responsable de bases de datos personales informe al titular “propietario” de sus antecedentes sobre el almacenamiento. Se exigía preguntar por la responsabilidad del Estado Legislador.

Se repara una norma, y no se averigua que existe un proyecto de ley pendiente de trámite en la Comisión de Economía del Senado que intenta o busca solucionar de raíz y definitivamente la zona oscura o anónima que posibilita la falta de un registro obligatorio de bases de datos particulares o privadas. Por cierto y lamentablemente, sin propuestas como la creación de una Superintendencia de Bases de Datos que se levantó en 1992.

Se habla de tráfico de bases de datos, involucrando a servicios públicos, y se olvida que ellos son los únicos que actúan con transparencia y no en forma anónima, con apego a la legalidad, que son fiscalizados por la Contraloría, que no abusan de los datos personales y sensibles de los ciudadanos y que sólo persiguen fines promocionales y asistenciales. ¿O acaso el Ministerio de Salud no necesita saber qué chilenos tienen Sida?.

Se ha dictado -a fines del 2006- un Decreto Supremo 998 para disminuir gradualmente los costos que, en el particular sistema de información comercial chileno, deben pagar los deudores para aclarar su situación en el Boletín Comercial, lo que es una medida inteligente para apoyar a las micro, medianas y pequeñas empresas. La revisión administrativa vía Decreto de las tarifas fijadas por la Cámara de Comercio de Santiago, es una facultad política que técnicamente el Estado podía usar para “dirigir” el sistema, por cierto incluso considerando llegar a “costos cero” en determinados casos.

Resulta adecuado que se consideré la importancia de mantener un sistema de publicación de antecedentes sobre mora y protestos, clave para el Orden Público Económico de Chile. No debe olvidarse la búsqueda de seguridad y certeza en las transacciones comerciales que en la década de los años 30 motivó la dictación del DFL 950, para crear el Boletín Comercial o “Peneca Verde” y encomendar su administración al gremio del comercio.

Resulta errado que no se aborde además, al mismo tiempo, la modificación de los artículos 17 y 19 de una ley posterior, la 19.628, mal llamada “de protección de datos personales”, porque a consecuencia de su ambigua redacción a esta fecha son muchos los acreedores que encargan la publicación de documentos impagos que dan cuenta de mora y protestos en empresas proveedoras de información comercial. Estas, conformando un verdadero oligopolio, sin necesidad de autorización previa, sin fiscalización e incluso anónimamente, cobran por el encargo de publicar antecedentes patrimoniales negativos y legalmente pueden cobrar a los deudores por las aclaraciones.

Resultaba en cambio preocupante, que en el Parlamento se tramitara un proyecto de ley de un solo artículo que, bajo el pretexto de aliviar a los deudores, desestabiliza el sistema de información comercial al sólo pretender derogar el DS 950. Aprobada esta norma, quienes hoy están obligados a enviar los antecedentes a la Cámara (notarías y bancos principalmente), deberán pagar a empresas comerciales no reguladas, por la necesaria publicación de la información sobre comportamiento comercial irregular. Pero el tema sigue en estudio…

2 Responses to “Bases de datos personales y patrimoniales negativos…”

  1. Katitza Says:

    Estimado Renato:

    “que en el Parlamento se tramitara un proyecto de ley de un solo artículo que, bajo el pretexto de aliviar a los deudores, desestabiliza el sistema de información comercial al sólo pretender derogar el DS 950.” A que boletin te refieres?

    A cual boletin te refieres? Al 4.203-07 ???

    Al 4184-03??? o ambos o hay mas?

    Gracias,

  2. renato Says:

    …Precisamente al 4184. En un sólo artículo pretendieron derogar el DFL 950, que regulaba el Boletín Comercial de la Cámara de Comercio de Santiago, Por cierto, posteriormente el propio Ejecutivo dictó un Decreto para bajar las tarifas de aclaración, entre otras cosas.

    Lo puedes ver acá: http://www.boletincomercial.cl/html/decreto_998.asp

    Cordialmente,

    rjl