CLONACIÓN DE TARJETAS Y DATOS PERSONALES…
Wednesday, September 26th, 2007Chile se remece por un delito detectado esta semana. Un ex empleado de empresas bancarias, donde se procesan millones de datos personales, copió una base de datos con los antecedentes de las tarjetas de crédito de 19.000 personas, y con ellos, clonó tarjetas de crédito y giró fondos de cajeros automáticos.
La primera lectura ha llevado a procesarlo por los delitos de clonación de tarjetas, adulteración o falsificación de ellas, que son instrumentos privados mercantiles. Esto es correcto, porque se trata de un delito patrimonial.
El tema no es nuevo. Así lo demuestran casos de delitos cometidos en Chile casi simbólicos como el que afecto en a la empresa Falabella hace muchos años, y lo que ha sido la tipificación de delitos informáticos en el Derecho Comparado o en la legislación extranjera desde 1978 a la fecha.
Los alcances del atentado vía conductas dolosas que deben ser tipificadas como delito penal quedaron en evidencia con el caso de un periodista inglés del diario The Sun, que adquirió ilícitamente los antecedentes de los titulares de un millón de tarjetas de crédito de manos del empleado de un call center en Nueva Delhi.
Lo que no debe dejarse de lado es entender que previamente se accedió sin autorización a miles de datos personales o nominativos de los tarjetahabientes. Esos datos o antecedentes son parte de la intimidad o privacidad de esas personas, y el mero hecho de obtenerlos indebida y dolosamente ya debiera ser sancionado en conformidad al artículo 2º de la ley 19.223, sobre delitos informáticos.
Protección penal de la intimidad y delitos informáticos, son temas que admiten por cierto un trato metodológico y deontológico separado o autónomo, pero deben abordarse en conjunto porque entendemos que la privacidad o intimidad, tanto en cuanto datos personales o nominativos procesados computacionalmente, es en las Sociedades de la información del Siglo XXI, un bien jurídico fundamental cuyo mal uso o abuso debe sancionarse penalmente, con penas privativas de libertad o mediante la tipificación de delitos informáticos.
De cara a o desde la perspectiva de la criminalidad informática o computacional, junto con el patrimonio de las personas y empresas uno de los bienes jurídicos más afectados y que requiere de mayor tutela es la privacidad o intimidad de las personas. La intimidad, tanto en cuanto datos personales procesados computacionalmente, es un bien jurídico carente de tutela idónea en el derecho tradicional, y no basta su consagración constitucional en el artículo 19Nº4 de la Constitución de 1980 ni descansar en la labor de la jurisprudencia conocedora de los Recursos de Protección. Dicho resguardo frente a la informática -o al procesamiento abusivo y doloso de datos personales- es esencial.
A mayor abundamiento -y desde otra perspectiva-, al año 2007 se afirma que “el robo de identidad” -un concepto para nada jurídico- es uno de los “cibercrímenes” -o delitos informáticos cometidos en el “ciberespacio“- que más se ha incrementado en el último tiempo, por ejemplo de cara a la obtención ilícita y dolosa de los datos personales incluso de los estudiantes universitarios. Se dice, concretamente, que cada vez hay más información confidencial y sensible en bases de datos, ya no sólo en el ámbito de las finanzas sino también en otros sectores como el educativo, y donde se intenta obtener información financiera, estados de cuentas corrientes o información clínica de los estudiantes.
Antes de la clonación, en este caso hubo un robo de identidad o de datos personales de los tarjetahabientes, lo que en definitiva les causó un perjuicio. ¿Podemos pensar que ello se debió a la negligencia de los bancos donde trabajó el ingeniero informático que luego cometió las estafas?. Si él efectivamente era un funcionario externo (que accedía a los sistemas a consecuencia de un outsourcing), ¿el banco que externalizó, adoptó las necesarias medidas de seguridad para fiscalizarlo y para proteger los datos de sus clientes?. Los hechos parecen indicar lo contrario.
rjl

…Saludos amigos!.